LEY 2078 DE 2021 – DIEZ AÑOS MÁS PARA LA REPARACIÓN A LAS VÍCTIMAS Y LA RESTITUCIÓN DE TIERRAS

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Foto: Díaz Obregón Legal Advisers

Por: Camilo Enrique Díaz Castillo – Director- Díaz Obregón Legal Advisers

El pasado 8 de enero del año en curso, el Presidente de la República sancionó la ley 2078, la cual prorroga por diez años más la vigencia de la ley 1448 de 2011 y los decretos ley 4633, 4634 y 4635 del mismo año. 

Este hecho surge como una necesidad impostergable, pues según cifras de la Unidad para las Víctimas, diez años después de la promulgación de la ley 1448, se han indemnizado económicamente un millón de personas aproximadamente, por diferentes hechos victimizantes, cifra que denota que aunque se han hecho esfuerzos para la efectiva implementación de la política pública de víctimas, es bastante bajo con relación a las más de nueve millones de víctimas reconocidas al interior del Registro Único de Víctimas, y de las más de siete millones que son sujeto de atención. 

Es claro que existe una deuda con las víctimas del conflicto armado y que no es negociable la reparación integral de cada una de ellas.  Esta responsabilidad debe recaer exclusivamente en las entidades del Estado que soportan la implementación de la política pública y de la voluntad política del Gobierno Nacional para la asignación presupuestal necesaria para su ejecución.  Es por esto que se hace necesario hacer referencia al proceso de Restitución de Tierras, medida de reparación para las víctimas de despojo y abandono forzado. 

De acuerdo a las cifras de la Unidad de Restitución de Tierras con corte al 31 de diciembre de 2020, se ha ordenado por parte de los jueces y tribunales de Restitución de Tierras, restituir 5534 predios que suman 163.566 hectáreas a 7853 familias. 

Estas cifras en la Restitución de Tierras, aunque son significativas, dejan muchas metas por cumplir y esto implica que el Gobierno Nacional haga un esfuerzo económico significativo  que permita ampliar la actual capacidad institucional para resolver las solicitudes dentro de los términos establecidos en la norma, pues actualmente existen casos en donde una solicitud de Restitución de Tierras desde la Resolución de Inicio hasta la sentencia del Tribunal Superior – Sala Civil Especializada en Restitución de Tierras, puede demorar más de cuatro años.  Esta situación afecta a todos los sujetos procesales, pues la víctima espera la resolución a una solicitud para recuperar los bienes inmuebles que pudo haber perdido con ocasión al conflicto armado; y por otro lado, los actuales propietarios, poseedores u ocupantes que en la gran mayoría de casos no tienen vínculos con actores armados, ni con los hechos victimizantes que pudieron haber padecido los solicitantes, pues desde el momento en el que se comunica por parte de Unidad de Restitución de Tierras que el predio que está siendo solicitado en Restitución, se cierran todas las posibilidades de acceder a créditos financieros para continuar con sus actividades agropecuarias, generando un alto detrimento económico, afectando en ocasiones el mínimo vital de dichos núcleos familiares. 

La Restitución de Tierras es una deuda histórica que se tiene con los campesinos que fueron despojados o tuvieron que abandonar sus tierras con ocasión del conflicto armado. Debe fortalecerse institucionalmente para dar soluciones prontas y justas a las víctimas, y a aquellos actuales propietarios que nada tienen que ver con el conflicto armado, pero que hoy se enfrentan a un proceso desgastante y poco garantista para la defensa de sus derechos, pues están sujetos a probar la Buena Fe Exenta de Culpa o a un programa de segundos ocupantes que es aplicado por los Tribunales en las ocasiones que así lo consideren, sobre el cual hablaremos en una próxima ocasión.

Aunque los recursos para la reparación de las víctimas vienen de los impuestos que pagamos los colombianos, no es admisible que actuales propietarios, poseedores u ocupantes, que no tuvieron nada que ver con el conflicto armado o los hechos victimizantes de los solicitantes, sean quienes tengan que poner su tierra, y trabajo de toda la vida, para la reparación de víctimas de despojo y abandono forzado.

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